La factura interna enviada por la sociedad suministradora debe contabilizarse como una factura recibida en la sociedad receptora. La recepción de factura también es visible en el historial de la orden de compra del pedido de traslado multisociedad.
Si la factura recibida ya se ha contabilizado (quizás automáticamente cuando se ha creado la factura interna) antes de que se contabilice la entrada de mercancías, la factura recibida tendrá un bloqueo de pago asignado. Esto también se aplica a un proceso de ventas interempresarial.
Una vez contabilizada la entrada de mercancías para el pedido de traslado intercompañía (con referencia a la entrega de reaprovisionamiento o al número de la orden de compra), la factura recibida se puede liberar para el pago. A continuación, se elimina el bloqueo de pago.
Contabilizaciones en SAP S/4HANA Finance
La siguiente figura muestra las contabilizaciones en la sociedad receptora (90FR Francia en nuestro ejemplo).

La entrada de mercancías se valora mediante el precio de pedido.
Algunos países requieren que se active la Gestión de cuenta de compras. Por ejemplo: Bélgica, España, Portugal, Italia y Francia. Por motivos de simplicidad, la Gestión de cuenta de compras no se ha activado en el sistema de capacitación. Por este motivo, durante nuestro ejemplo, el valor de las mercancías no se contabiliza en una cuenta de compras (y su cuenta de contrapartida) durante la contabilización de la entrada de mercancías.
Si desea activar la Gestión de cuentas de compras para una sociedad, en Customizing, vaya a: Guía de implementación de Customizing de SAP→Gestión de materiales→Valoración e imputación→Determinación de cuentas→Determinación de cuentas sin asistente→Gestión de cuentas de compras→Activar cuenta de compras en sociedad.
A continuación, debe configurar el número de la cuenta de compras y el número de la cuenta de contrapartida en la transacción de configuración OBYC para la Transacción (clave de transacción/evento) EIN y también para la TransacciónEKG para el Plan de cuentas utilizado en la sociedad correspondiente.
Nota
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